{"id":3027,"date":"2020-05-06T13:29:28","date_gmt":"2020-05-06T18:29:28","guid":{"rendered":"https:\/\/terzer.co\/en\/?p=3027"},"modified":"2020-05-20T13:15:23","modified_gmt":"2020-05-20T18:15:23","slug":"que-es-el-reconocimiento-previo-y-la-revision-de-mercancias","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/terzer.co\/en\/aduana\/que-es-el-reconocimiento-previo-y-la-revision-de-mercancias\/","title":{"rendered":"Que es el Reconocimiento Previo y la Revisi\u00f3n de Mercanc\u00edas"},"content":{"rendered":"\n<p>Examen previo \u00f3 reconocimiento previo de las mercanc\u00edas: El Agente Aduanal es coadyuvante de la autoridad aduanera por ello se encarga de que antes de realizar el Pedimento, el pedimento debe contener todos los detalles de la operaci\u00f3n as\u00ed como las caracter\u00edsticas de las mercanc\u00edas y su correcta clasificaci\u00f3n arancelaria, de ellas dependen las regulaciones y restricciones no arancelarias as\u00ed c\u00f3mo los impuestos a pagar principalmente en el supuesto que se trate de una operaci\u00f3n de importaci\u00f3n. 4\/07\/15 Para ello es necesario qu\u00e9 realice la revisi\u00f3n de las mercanc\u00edas, si el agente aduanal desconoce las caracter\u00edsticas f\u00edsicas, t\u00e9cnicas, de etiquetado, datos de identificaci\u00f3n individual c\u00f3mo n\u00famero de serie, marca comercial, modelo, lote, pa\u00eds de origen, etc. \u00f3 no se tiene la certeza de la propia naturaleza de las mismas \u00f3 en algunos casos si el propio importador desconoce \u00f3 no tiene informaci\u00f3n proporcionada por el proveedor que pueda permitir determinar la clasificaci\u00f3n arancelaria de las mercanc\u00edas en base a documentos proporcionados para realizar la operaci\u00f3n de comercio exterior; \u00e9sta revisi\u00f3n f\u00edsica de las mercanc\u00edas en dep\u00f3sito ante la Aduana que realiza el agente aduanal antes de realizar el despacho aduanero se fundamenta en la Ley Aduanera vigente d\u00f3nde \u00e9sta misma se\u00f1ala:\u00a0 <em><strong>\u201cSi quien debe formular el pedimento ignora las caracter\u00edsticas de las mercanc\u00edas en dep\u00f3sito ante la aduana, podr\u00e1 examinarlas para ese efecto\u201d.<\/strong><\/em> Por ello es importante que en el caso de las importaciones el proveedor proporcione toda la informaci\u00f3n necesaria para poder determinar la fracci\u00f3n arancelaria que permita la importaci\u00f3n de las mercanc\u00edas, esta informaci\u00f3n necesaria podr\u00edamos enlistarla c\u00f3mo sigue:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li><strong>Fotograf\u00edas del producto, manuales, cat\u00e1logos \u00f3 P\u00e1gina web.<\/strong><\/li><li><strong>Marca comercial y Modelo, N\u00fameros de serie \u00f3 n\u00famero de lote, Pa\u00eds de origen.<\/strong><\/li><li><strong>Carta t\u00e9cnica del producto (mercanc\u00edas de dif\u00edcil identificaci\u00f3n c\u00f3mo lo son los qu\u00edmicos).<\/strong><\/li><li><strong>Hoja de seguridad para el caso de mercanc\u00edas peligrosas.<\/strong><\/li><\/ul>\n\n\n\n<p>Si se trata de un producto acondicionado para su venta al por menor, tambi\u00e9n son de mucha utilidad im\u00e1genes de las etiquetas del producto para que el agente aduanal pueda corroborar que la informaci\u00f3n comercial que el proveedor coloc\u00f3 desde origen cumple con los lineamientos que las Normas Oficiales de Informaci\u00f3n comercial exigen cumplir en el etiquetado de los productos, para este caso concreto la omisi\u00f3n del cumplimiento del etiquetado y si \u00e9ste es descubierto por la autoridad aduanera, representa c\u00f3mo sanci\u00f3n para el importador del 2% &nbsp;al 10% de valor de la mercanc\u00eda, la retenci\u00f3n de la misma hasta que se cumpla (etiquete en puerto) con la informaci\u00f3n omitida en la etiqueta de informaci\u00f3n al p\u00fablico. Hoy d\u00eda algunas empresas anteponen el costo econ\u00f3mico por el gasto de maniobras que implica realizar el examen previo \u00f3 reconocimiento previo de las mercanc\u00edas, esto no deber\u00eda ser considerado con productos \u00f3 proveedores nuevos, lo m\u00e1s sensato en estos casos es primeramente conocer como trabaja el proveedor y sus mercanc\u00edas para poder evaluar la conveniencia de omitir \u00e9ste gasto, ya que esto por lo regular s\u00f3lo aplicar\u00eda a los proveedores confiables y que el Agente Aduanal este de acuerdo con omitir dicha revisi\u00f3n en puerto.<\/p>\n\n\n\n<h5 class=\"wp-block-heading\">Base Legal: Art. 42, 185 fracc. XIII de la Ley Aduanera, Fuente: L.C.I. Rafael Paul Rodr\u00edguez Mart\u00ednez<\/h5>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-image size-large is-resized\"><a href=\"https:\/\/3.bp.blogspot.com\/-BflUlL94tPo\/WaYB9Yt9hQI\/AAAAAAAAHiA\/me2gAroQgzoU_kdiklj92mBNZ2F1IUxOQCLcBGAs\/s1600\/Reconocimiento%2BPrevio%2B-%2BRevisi%25C3%25B3n%2Bde%2BMercanc%25C3%25ADas%2B-%2BTerzer%2BLogistica.jpg\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" src=\"https:\/\/terzer.co\/en\/wp-content\/uploads\/2020\/05\/Reconocimiento-Previo-Revisio\u0301n-de-Mercanci\u0301as-Terzer-Logistica-9209310.jpg\" alt=\"reconocimiento-previo-revision-de-mercancias-terzer-logistica-9209310\" class=\"wp-image-3029\" width=\"649\" height=\"365\" srcset=\"https:\/\/terzer.co\/en\/wp-content\/uploads\/2020\/05\/Reconocimiento-Previo-Revisio\u0301n-de-Mercanci\u0301as-Terzer-Logistica-9209310.jpg 400w, https:\/\/terzer.co\/en\/wp-content\/uploads\/2020\/05\/Reconocimiento-Previo-Revisio\u0301n-de-Mercanci\u0301as-Terzer-Logistica-9209310-300x169.jpg 300w\" sizes=\"auto, (max-width: 649px) 100vw, 649px\" \/><\/a><\/figure>\n\n\n\n<p><strong>Revisi\u00f3n de la mercanc\u00eda<\/strong><br \/>Facultad y derecho otorgada por la ley aduanera a los agentes aduanales para que a criterio de los mismos y en que las&nbsp;mercanc\u00edas as\u00ed lo permitan, revisar las cargas para que de acuerdo a su naturaleza y caracter\u00edsticas, estas puedan&nbsp;ser inspeccionadas para determinar en base a las especificaciones declaradas por el cliente mediante facturas, cartas&nbsp;t\u00e9cnicas, manuales folletos y otros documentos que las amparan, puedan ser clasificadas adecuadamente dentro de la&nbsp;fracci\u00f3n aduanera a la que correspondan.&nbsp;&nbsp;<br \/><br \/><strong>Reconocimiento Previo<\/strong><br \/>Es un derecho del agente aduanal que le confiere la ley aduanera, y que es facultativo del agente aduanal&nbsp;realizarlo y en las formas en que este debe hacerlo y depender\u00e1 de las regulaciones que le aplique en particular a cada&nbsp;producto, mas no es su fin encontrar faltantes ni da\u00f1os, sino que estos resultan muchas veces de la revisi\u00f3n que se&nbsp;realiza, pero que no tiene como objetivo el mismo.&nbsp;<br \/><br \/>Este es el procedimiento mediante el cual se realiza una revisi\u00f3n de documentos y mercanc\u00edas para precisar la veracidad de lo&nbsp;declarado en el pedimento, con la finalidad de determinar la cantidad, caracter\u00edsticas y la plena identificaci\u00f3n de las&nbsp;mercanc\u00edas.&nbsp;<br \/><br \/>En los casos en que los materiales que forman un sistema o que en su conjunto integran un equipo, es importante que el previo se realice&nbsp;en conjunto con un t\u00e9cnico experto por parte del importador, ya que muchas piezas integradas en las partidas de las&nbsp;facturas no son identificadas fisicamente o partes que pudieran venir faltantes y no son detectadas, por lo que solo un&nbsp;experto podr\u00e1 determinar las mismas. &nbsp;&nbsp;<br \/><br \/><strong>La Agencia Aduanal<\/strong><br \/>Podr\u00e1 realizar, en la forma que corresponda conforme a las regulaciones aplicables a cada&nbsp;producto, un reconocimiento general de la Mercanc\u00eda, a fin de revisar que \u00e9sta sea la que efectivamente se declar\u00f3 y en&nbsp;las cantidades y\/o bultos declarados por EL CLIENTE, en la inteligencia de que No es objetivo de dicho reconocimiento&nbsp;encontrar faltantes ni da\u00f1os en la Mercanc\u00eda, por lo que EL CLIENTE reconoce y acepta expresamente que NO es&nbsp;responsabilidad de LA AGENCIA el contenido de la Mercanc\u00eda, ni la existencia de cualquier faltante y\/o da\u00f1o en la&nbsp;misma, ya sea que el mismo se encuentre visible u oculto y que pudiere ser contrario a lo declarado por EL CLIENTE en&nbsp;los documentos que amparan el embarque sobre las cajas que se encuentren con su empaque original.&nbsp;&nbsp;<br \/><br \/>Sin perjuicio de lo anterior, si su naturaleza lo permite, se podr\u00e1 realizar un conteo exhaustivo de la Mercanc\u00eda, siempre&nbsp;y cuando EL CLIENTE lo solicite a LA AGENCIA por escrito, por lo menos 48 (cuarenta y ocho) horas de anticipaci\u00f3n&nbsp;y en el entendido de que dicho servicio ser\u00e1 cotizado y facturado por separado y su pago deber\u00e1 efectuarse por&nbsp;adelantado en el plazo mencionado.&nbsp;<br \/><br \/>En este sentido, LA AGENCIA ser\u00e1 responsable \u00fanica y exclusivamente de&nbsp;informar a EL CLIENTE del contenido exacto de la Mercanc\u00eda y los faltantes y\/o da\u00f1os que se hayan encontrado al&nbsp;realizar el conteo a fin de que \u00e9ste tome las medidas pertinentes.&nbsp;<br \/><br \/><strong>En todos los casos el conocimiento exacto de las mercanc\u00edas debe llevarse acabo por los interesados siempre, con la finalidad de no incurrir en ning\u00fan tipo de faltas que detengan el flujo normal de la operaci\u00f3n.<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Examen previo \u00f3 reconocimiento previo de las mercanc\u00edas: El Agente 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